Visa no lucrativa
La visa no lucrativa para España en 2025 requiere demostrar medios económicos suficientes, como demostrar al menos €28.800 anuales para el solicitante principal, además de €7.200 por cada familiar adicional (equivalente al 400% y 100% del IPREM mensual, respectivamente), un seguro médico en España, no tener antecedentes penales y no sufrir enfermedades que representen un riesgo para la salud pública. Los solicitantes deben tramitar la solicitud a través del modelo EX-01, presentar pasaporte con vigencia mínima de un año, fotografías, un certificado médico, y pagar las tasas correspondientes. Un cambio importante es que el titular de la visa no lucrativa debe permanecer en España al menos 183 días al año para mantener su residencia.
Requisitos clave
Medios económicos
Demostrar ingresos suficientes. El requisito para 2025 es de aproximadamente €28.800 anuales para el solicitante principal y €7.200 adicionales por cada miembro adicional de la familia.
Seguro médico
Contar con un seguro médico privado con cobertura en España para todo el periodo de validez de la autorización.
Antecedentes penales
No tener antecedentes penales durante los últimos cinco años. Se requiere un certificado de antecedentes penales de los países donde se haya residido.
Salud pública
Certificado médico que acredite que no se padece ninguna enfermedad con repercusiones graves para la salud pública.
Residencia fiscal
A partir de 2025, los titulares deben permanecer al menos 183 días al año en España para mantener su residencia, lo que implica convertirse en residentes fiscales.
Medios económicos
Demostrar ingresos suficientes. El requisito para 2025 es de aproximadamente €28.800 anuales para el solicitante principal y €7.200 adicionales por cada miembro adicional de la familia.
Seguro médico
Contar con un seguro médico privado con cobertura en España para todo el periodo de validez de la autorización.
Antecedentes penales
No tener antecedentes penales durante los últimos cinco años. Se requiere un certificado de antecedentes penales de los países donde se haya residido.
Salud pública
Certificado médico que acredite que no se padece ninguna enfermedad con repercusiones graves para la salud pública.
Residencia fiscal
A partir de 2025, los titulares deben permanecer al menos 183 días al año en España para mantener su residencia, lo que implica convertirse en residentes fiscales.
01.
Formulario de solicitud
(modelo EX-01).
02.
Pasaporte válido y en vigor
(con vigencia mínima de un año).
03.
Fotografía reciente tamaño carné
04.
Justificante de haber abonado la tasa
Documentación
Consideraciones importantes
No es para teletrabajadores
Esta visa está destinada a personas que viven de sus rentas o ahorros y no permite trabajar en España ni trabajar de forma remota para empresas extranjeras. Los teletrabajadores deben solicitar la Visa de Nómada Digital.
Familia
Es posible incluir al cónyuge e hijos menores en la solicitud inicial. Un año después, se puede solicitar la reagrupación de ascendientes si dependen económicamente del solicitante.
